Nº 24

EL AUTORITARISMO INCORPÓREO
Manuel Fernández Blanco

(1)
La Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, de 21 de noviembre de 2003, regula las titulaciones que son consideradas sanitarias y establece un registro público de los profesionales sanitarios, donde se hará constar la identidad del profesional, así como el título que ostenta y la fecha de su obtención. Los profesionales, aún con la misma titulación, podrán ser reconocidos en cinco grados diferentes: un grado inicial, y cuatro grados consecutivos. Estos grados, a los que se accederá progresivamente, son los que definen el nivel de desarrollo profesional y son el resultado de la valoración realizada por comités específicos de evaluación. Esta ley, regula tanto la asistencia pública como la privada. Esta última, tanto por cuenta ajena como propia.

Esta ley se complementa con el Real Decreto, de 10 de octubre de 2003, sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios, que establece el requisito de estar en posesión del título de especialista para poder trabajar en el ámbito de la clínica. Además, el legislador aprovecha la ocasión para reducir las competencias de los psicólogos clínicos, reconocidas en el Real Decreto de creación de la especialidad, de 20 de noviembre de 1998.

Digámoslo rápidamente, si nos atenemos a la literalidad de estos textos legales, estamos hablando de la ilegalización de la práctica de miles de psicólogos que, hasta ahora, la ejercían de pleno derecho. Esto afecta, por otra parte, a sus pacientes y familias. Igualmente, estamos ante la peor de las expectativas para los cerca de cincuenta mil estudiantes de Psicología en España.

¿Cómo entender este despropósito?

No debemos conceder al legislador el error de buena fe, por otra parte el más imperdonable como nos recuerda Lacan en La ciencia y la verdad 1. No, no es un error de buena fe, es el resultado de una política.

El Decreto Ley por el que se reguló el acceso a la especialidad de psicología clínica, fue recurrido legalmente por las asociaciones de psiquiatras más conservadoras y biologicistas, así como por algunas asociaciones de psicólogos que ejercen en el ámbito de la práctica privada.

Estos recursos fueron desestimados, de modo que la obtención de la Especialidad abría posibilidades, hasta el momento inéditas, para los psicólogos (como la carrera profesional en los servicios sanitarios públicos).

Pero el efecto de retorno, de la regulación legal del acceso a la Especialidad, ha sido el de reservar, en exclusiva, la actividad clínica a quien obtenga el Título de Especialista.

No deja de ser éste un intento de determinados lobbys de la psiquiatría, aliados de la industria farmacéutica, de limitar la proliferación y el éxito de lo “psi” en lo social y, por supuesto, también en el mercado. El éxito y la proliferación de las psicoterapias, y de sus practicantes, no interesa a la clínica del medicamento. Estos desarrollos legales responden claramente a los intereses de estos lobbys a los que el Parlamento ha dado el sí, en nombre de los derechos del consumidor.

Y esto es, a mi juicio, lo más inquietante: la degradación del estatuto de ciudadano al de consumidor. El concepto mismo de ciudadano queda abolido y es sustituido por el de cliente o usuario. La salud entra en el mercado como un producto más de consumo que debe ser objeto de regulación y control. El psicoterapeuta debe tener etiqueta, código de barras, y su práctica también. Por eso, la auténtica ideología de la LOPS, queda puesta de manifiesto cuando expresa (artículo 4.5) que “Los profesionales tendrán como guía de su actuación... los criterios de normo-praxis o, en su caso, los usos generales propios de su profesión”. Respecto a esta materia, el artículo 4.7b es todavía más explícito: “Se tenderá a la unificación de los criterios de actuación que estarán basados en la evidencia científica y en los medios disponibles y soportados en guías y protocolos de práctica clínica y asistencial...”. A esto hay que añadir (artículo 44.3), que “no podrán ser objeto de publicidad las actividades o productos sanitarios no autorizados, o sobre los que no exista evidencia de sus efectos beneficiosos para el ser humano...”

Están proliferando las publicaciones sobre los tratamientos psicológicos eficaces, con un sesgo totalmente definido. Cito un texto de Francisco J. Labrador y otros, aparecido en el 2003 en el número 17 de Infocop, donde se dice: “La inmensa mayoría de los tratamientos eficaces para los diversos tipos de problemas son de tipo cognitivo-conductual” 2. Más adelante, en este mismo trabajo, se afirma lo siguiente: “Las terapias psicológicas van a tender a estar estandarizadas, es decir, van a tender a presentarse con una descripción precisa de los instrumentos de evaluación, el programa del tratamiento, el formato de aplicación (individual o grupal), el diario de sesiones, etcétera” 3. Aunque, finalmente, tienen que decir: “No se puede tampoco desatender al peso específico de las características personales del terapeuta en el resultado final de un tratamiento. Hay una gran variabilidad en los logros obtenidos de unos terapeutas a otros, al margen de las técnicas terapéuticas utilizadas” 4. Es decir que al final, después de intentar objetivar y protocolizar todo, retorna la subjetividad, la particularidad reprimida, y nos encontramos con que el factor decisivo en todo tratamiento es el menos programable. Se trata, en definitiva, de la capacidad del terapeuta de generar transferencia y del uso que hace de ella.

Asistimos a la presión, al empuje, para imponer un modelo como único. Y, en este punto, el debate se hace no sólo clínico, sino también político. Normo-praxis, unificación de criterios, evidencia científica, guías y protocolos, programas... Todo esto, supone una traslación mecánica del modelo, por otra parte cuestionado dentro del propio campo médico, de la medicina basada en la evidencia al campo de la subjetividad humana. El resultado de este proceso no queda del lado de la ciencia, sino de una ideología: el cientificismo que, como práctica, genera burocracia. En este proceso, lo que se pierde es la clínica del sujeto, borrado tras el intento, obsesivo, de pasar todo a la estadística, a la contabilidad, al control y, como no, al derecho degradado a reglamento. No olvidemos que las historias clínicas son definidas como un documento jurídico-asistencial.

Por eso, es totalmente correcto plantear estos impulsos legisladores como un atentado a la democracia y a los derechos ciudadanos. Es un problema, antes que nada, político, ya que se niega la libertad de adscripción teórica del psicoterapeuta y la libertad de elección del paciente. Paciente que, reducido de ciudadano a cliente, es condenado a la minoría de edad permanente a la hora de elegir a quien dirigirse para aliviar su sufrimiento.

Frente a esto, y cegados por la ideología de la gestión eficaz y de la protección del consumidor, la izquierda política va de la mano de la derecha haciendo gala de una ingenuidad alarmante, a la vez que de una debilidad del pensamiento.

Debemos intentar agrupar todas las fuerzas del campo “psi”, como vanguardia de una lucha que lo es también por la libertad de pensamiento, y de creación, frente a la asfixia unificadora y el control autoritario.



(1) Intervención realizada en el 1º Foro PSI Barcelona, el 14 de febrero 2004, sobre el tema *La situación en España, desde el 21 de noviembre: la ley 44/2003*

Referencias bibliográficas:

  1. J. Lacan, “La ciencia y la verdad”, en Escritos 2. Siglo XXI editores, México, 1984, p. 837.
  2. F. J. Labrador; M. A. Vallejo; M. Matellanes; E. Echevarría; A. Bados y J. Fernández- Montalvo, “La eficacia de los tratamientos psicológicos. Documento de la Sociedad Española para el avance de la Psicología Clínica y de la Salud. Siglo XXI. Noviembre de 2002”, Infocop 17, 2003, p. 28.
  3. Ibid., p. 30.
  4. Ibid.

Se atisba la posibilidad de reconfigurar la dimensión psi en Francia de un modo que tenga la ocasión de ayudar
efectivamente a los colegas de otros países a salir de los impases en los que se hallan actualmente atrapados.

(Extraído del apartado V del manifiesto de J.-A. Miller, Por una coordinación psi).